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Isabel Winkels: “El amparo a los menores en los divorcios, desgraciadamente, es testimonial”

Isabel Winkels: “El amparo a los menores en los divorcios, desgraciadamente, es testimonial”

Abogada experta de familia, madre y desde hace unos días, flamante vicedecana del importantísimo colegio abogados de Madrid (ICAM). Con más de treinta años de experiencia, Isabel Winkels posee uno de los despachos especializado en familia y divorcios entre extranjeros más importantes de España.

Enhorabuena por haber ganado la candidatura. ¿Ha costado mucho?

La verdad es que sí, ha sido una campaña electoral complicada, porque había muchas candidaturas, y hemos tenido que esforzarnos mucho por transmitir la solidez de nuestro programa y de los integrantes de nuestra candidatura.

¿Cuáles son los principales retos que tienen por delante?

Trasladar a nuestras compañeras y compañeros la importancia del Colegio al que pertenecen, todo lo que puede hacer por ellos, y lograr convertirlo en una institución a la que quisieran pertenecer, aunque no fuera obligatorio.

¿Cómo especialista en derecho de familia? ¿Qué tipo de trabas se encuentra actualmente con las leyes que está sacando el ministerio de igualdad?

La ley 8/2021 de protección de la Infancia y Adolescencia frente a la violencia, del Ministerio de Igualdad, contiene una Disposición Adicional 20 que conlleva un mandato al legislador para que en un año dicte una ley que especialice todos los juzgados de familia en España. Ha pasado ese año y esa ley no se ha creado. Está ahora en trámite el proyecto de ley de Eficiencia organizativa, y esperemos que el Ministerio de igualdad realmente defienda e impulse esa especialización en cumplimiento de su propia ley.

¿Cree que deberían existir juzgados especializados en menores en el mismo estilo que los de violencia de la mujer?

Desde luego, no sólo de menores: deben especializarse juzgados de Infancia, Familia y Capacidad. Son materias absolutamente conexas que requieren de una especialización muy similar.

Actualmente, y por increíble que parezca, en España hay ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda, en función de su residencia habitual. Teniendo en cuenta de que un 25% de los casos que ingresan cada año en los juzgados civiles son asuntos de derecho de familia, que afectan directa o indirectamente a un millón y medio de ciudadanos (entre progenitores, hijos, abuelos o allegados), hay tan sólo 163 juzgados que llevan de manera exclusiva y excluyente asuntos de familia y capacidad ubicados en 56 partidos judiciales, frente a los ciudadanos que residen en los restantes 357 partidos judiciales, que ven como sus crisis familiares se ven solventadas por los restantes 1187 juzgados no especializados, que además de familia tramitan toda clase de asuntos.

¿Considera que los menores están poco amparados por la ley en determinados procesos de divorcio?

Desgraciadamente, su amparo es testimonial. Las medidas que existen sobre el papel no se llevan a la práctica por la falta de especialización de los jueces, fiscales y equipos técnicos, que al fin y al cabo son los responsables de su protección. Si estos operadores jurídicos no se especializan, no son conscientes de las circunstancias de estos menores, de cómo están viviendo y cómo les está afectando la crisis de sus padres, de su sufrimiento, no van a poder dictar una resolución que realmente les proteja.

¿Por qué cree que ahora hay muchas más custodias compartidas? ¿Tanto han cambiado los hombres con respecto a hacer 20 años?

La sociedad está cambiando de forma exponencial. Hacía falta un pistoletazo de salida, que tuvo lugar el 2013, año en el que el Tribunal Supremo dictó una sentencia el 29 de abril en el que sentó doctrina jurisprudencial indicando que la custodia compartida es “la normal y deseable”. Fíjense en el incremento de custodias compartidas cada año desde entonces:

  • AÑO 2014 = 21% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2015 = 24% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2016 = 28% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2017 = 30% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2018 = 34% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2019 = 37% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2020 = 41,4% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.
  • AÑO 2021 = 43,2% DE CUSTODIA COMPARTIDAS.

 

¿A que el incremento es asombroso? Y de verdad, una custodia compartida por progenitores realmente responsables de sus hijos es una de las medidas más eficaces que hay para alcanzar una igualdad real.

¿Cree de verdad que las mujeres estamos en desigualdad de condiciones en el ámbito de la sociedad? ¿Y en la justicia?

Sí, todavía lo estamos. Todavía quedan demasiados sesgos históricos que hay que vencer hasta alcanzar la igualdad real. Ha pasado demasiado poco tiempo para que hombres y mujeres se reconozcan como iguales y la cuestión de género sea indiferente a la hora de conseguir un trabajo, ascender en una empresa, o incluso asumir roles dentro de la familia.

Piense que hasta el año 75 (muchas de nosotras ya habíamos nacido y eran las leyes que regían en la vida de nuestras madres), la patria potestad de las mujeres solteras la tenían sus padres hasta los 23 años o hasta que se casaran o ingresaran en un convento; o no se derogó la humillante licencia o autorización maritales, que le impedía celebrar válidamente actos jurídicos sin el consentimiento de su marido. Esa autorización era necesaria para cosas tan básicas como abrir una cuenta corriente, u otorgar un poder para pleitos.

Hasta la Constitución de 1978 no se consagró en el artículo 14 la igualdad entre hombres y mujeres.

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Hasta el año 1981, la patria potestad de los hijos la tenía conferida el padre, al igual que la administración de la sociedad de gananciales.

Pero es que estas leyes se arrastran en nuestro ordenamiento jurídico desde las Leyes de Toro de 1505, en las que el pater familias era el “dueño” de la mujer, los hijos, la vivienda familiar, y tenía el control de sus vidas y haciendas, con muy pocas limitaciones. La tónica era la obediencia y sumisión de la mujer al marido. El artículo 57 del código Civil vigente hasta el año 1975 decía que “el marido debe proteger a la mujer y esta obedecer al marido.”

Son siglos de sesgos históricos que no se eliminan en tan solo una generación. Hace falta mucha formación y una reivindicación activa y constante para que nuestros hijos e hijas puedan relacionarse en sus vidas y en su entorno social de manera realmente en términos de igualdad.

¿Qué parte de su trabajo le satisface más?

La de lograr que se reconozcan derechos, y que cada vez seamos más conscientes de la necesidad de los avances legislativos y de los beneficios reales que esos avances reportan.

¿Alguna vez ha tenido que renunciar a un cliente por un comportamiento que iba en contra de los intereses del menor?

Sí, claro. A hombres y a mujeres. Los hijos no son ni pueden ser medios para lograr fines (como el uso de la vivienda familiar, o el pago de pensiones), ni de venganza contra el otro. No es, a Dios gracias, algo demasiado frecuente pero claro que nos lo hemos encontrado.

¿Tiene previsto en la junta de Gobierno del ICAM abordar retos en materia de igualdad?

Si, va a ser uno de los temas estrella. Nuestra junta de gobierno es paritaria, de 7 hombres y 7 mujeres. Y las 7 mujeres son absolutas líderes en sus respectivas especialidades, y con muchas ganas a aportar y compartir sus experiencias para lograr avances en materia de Igualdad. Queremos crear un observatorio específico para vigilar si se produce un incremento real de mujeres en las cúpulas de las empresas u organismos, como manda la Directiva europea promovida ya el año 2012 por la comisaria de justicia de la UE Viviane Reding, quien vio hace ya más de 10 años que la manera más efectiva de romper “techos de cristal” era establecer cuotas. No es el sistema idóneo, personalmente no me gusta, pero es indudable que, o forzamos el cambio o por sí sólo ese cambio no se va a producir. Las inercias, los sesgos históricos, tienen aún demasiado peso. Hago mía la frase de la Sra. Reding: «I don’t like quotas but I like what quotas do» («no me gustan las cuotas, pero sí lo que consiguen»),

¿Un mensaje para Irene Montero?

Que hable con abogados de familia antes de dictar leyes que afectan a las crisis familiares. Los abogados estamos en primera línea, conocemos de primera mano las disfunciones de las leyes, los problemas más acuciantes que surgen en las familias, y las medidas más necesarias para proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes. Todos los operadores jurídicos especializados que intervenimos en los procedimientos de familia tenemos como prioridad su protección. Que consulte la web de la Plataforma Familia y Derecho (www.plataformafamiliayderecho.org), vea los socios que la integran y analice las propuestas de especialización y cómo esa especialización puede ser una de las medidas más efectivas y potentes para proteger a las menores en situaciones de crisis familiares.

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